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Comen deudas al Legislativo

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CUERNAVACA, MORELOS.- El Congreso del Estado podría ser embargado, debido al adeudo que dejó Julio Espín Navarrete -actualmente presidente municipal de Puente de Ixtla-, cuando fungió como diputado local y presidente de la Mesa Directiva, ya que no cumplió con el pago a una empresa que otorgó mantenimiento al parque vehicular.
María Elena Medina Vargas, integrante del Colegio de Abogados, y quien es la representante legal de la empresa “Llanterama de Morelos”, señaló que ante el incumplimiento de Espín Navarrete con el pago de 140 mil pesos, iniciaron una demanda por la vía ordinaria civil.
“Julio Espín, cuando fue presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, adquirió un contrato con una empresa que representó para efecto de servicios del parque vehicular del Congreso del Estado, servicios mecánicos, sin embargo, el señor nunca pagó dichos servicios mecánicos, dejando un adeudo de 140 mil pesos”, explicó.
Comentó que tras  ser notificados en el Poder Legislativo sobre la demanda, recurrieron a un amparo, sin embargo, a finales del mes de enero, un Tribunal Colegiado de Circuito rechazó el amparo al Congreso, por lo que, lo obligó a cumplir con el pago.
Medina Vargas sostuvo que ante la negativa del Congreso de realizar el pago de 126 mil 874 pesos, cantidad que así quedó debido a facturación, en los próximos días estarían realizando el embargo de los bienes en el recinto legislativo.
“Hoy por hoy, tengo una orden de embargo para el Congreso del Estado, lo que considero es una vergüenza que tenga que ser embargado por negarse a pagar y por un adeudo que dejó el señor Julio Espín que ahora es presidente municipal de Puente de Ixtla”, mencionó.
La litigante apuntó que en reiteradas ocasiones, el Congreso argumentó que los automóviles no formaban parte del parque vehicular y que eran para el uso personal del hoy alcalde, motivo por el cual no tenían que realizar el pago, además precisó que Julio Espín no ha querido iniciar un dialogo, pese a que los buscaron antes de interponer la demanda.
El amparo directo que fue rechazado por el Tribunal Colegiado de Circuito lleva por número 466/2013 en materia civil, interpuesto en la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia.


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